El Juicio
La primera causa por los crímenes de la Operación Cóndor comenzó a tramitar en 1999. Llegó a juicio oral catorce años después, acumulada junto a otras dos y con la segunda parte del expediente por los crímenes cometidos con el accionar conjunto de fuerzas argentinas y uruguayas en el centro clandestino de detención «Automotores Orletti».
El juicio oral comenzó el 5 de marzo de 2013 y terminó tres años después, el 27 de mayo de 2016. En su inicio tuvo un objeto procesal que abarcó los casos de 174 víctimas: 65 de la causa Automotores Orletti, 107 de Operación Cóndor y dos que corresponden a ambas causas. Las víctimas son oriundas de Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay.
Palabras Iniciales
Señores jueces: Estamos en un ámbito donde se imparte justicia. Para hacerlo realizamos debates. En estos, cotidianamente vemos cómo la violencia se impuso a los derechos. Escuchamos todo tipo de reclamos. También, escuchamos todo tipo de excusas. Todos los días presenciamos lo injusto. Incluso, lo medimos y lo comparamos, hablamos de casos. Y los diferenciamos. Son hechos delictivos que decimos que ocurren todos los días, al punto que los denominamos delitos comunes. Son hechos aislados que, en general, de forma directa afectan a pocas personas.
Tras muchos años, nos acostumbramos a presenciarlos. Pero presenciando lo injusto, somos testigos de algo más. De forma permanente, somos testigos directos del dolor. No creemos que alguien pueda acostumbrarse al dolor de una víctima. Incluso, al que se deriva de los llamados delitos comunes, que el legislador está habilitado a amnistiar y el Poder Ejecutivo a perdonar.
Pero en este juicio, como en tantos otros que se realizan en nuestro país, no discutimos delitos comunes. Los calvarios no se derivaron de una decisión individual irreflexiva o del accionar de un pequeño grupo de personas; tampoco fue producto del descontrol de un grupo de dementes. Los padecimientos comprobados en este juicio surgieron de un plan sistemático y racional para crear un modelo de sociedad, en el que se empleó toda la fuerza y logística de un aparato de poder estatal para aniquilar a un número indeterminado de personas. Surgieron de una asociación ilícita estatal. Lo injusto no sólo ofendió a una víctima o a un conjunto de ellas. Ofendió a toda la Humanidad. Fue una tragedia universal. No estamos en presencia de delincuentes comunes.
Señores jueces: Lo injusto significó un sufrimiento extremo para toda la región. Y como diría Primo Levi, “el sufrimiento extremo es difícil de explicar”.
Lo mismo sostuvo Jack Fuchs, sobreviviente del gueto de Lodz y de los campos de Auschwitz y Dachau. Hace pocos años, en una entrevista, ante la pregunta de por qué ocurrió el Holocausto, dijo:
“Es muy difícil explicar algo inexplicable, porque Auschwitz y toda la Shoah eran como un mito. Crearon un Universo al que nadie podía entrar y nadie pudo entender. La gente quiere saber cómo fue, pero es imposible, porque pasaron un millón y medio de personas;… murieron un millón, gaseados y quemados durante cuatro años.
Allá había como un universo con sus propios dioses. Los comandantes de la SS que estaban encargados decidían quién iba a morir ahora, quién iba a ser torturado. Nunca vamos a saber por qué pasó lo qué pasó en Auschwitz, porque quien puede agregar y explicar más son los perseguidores, no las víctimas. Las víctimas tienen muy poco para decir. Yo creo que el ser humano actúa; y después otro se pregunta ¿por qué? No hay por qué…
Pero la gente quiere saber por qué, y recurre a la víctima. Y la víctima no sabe el por qué. La víctima es un ahora: la toman, la desvisten, la ponen en una pieza sin luz, sin agua. Ya es víctima. No tiene un antes ni un después.
Pero quien sí lo tiene es el victimario: tiene un antes, ‘yo voy a tomar a esta persona, la voy a desvestir, la voy a dejar cinco días sin comer y sin agua; y después, lo voy a matar; o no’.
Pero al mismo tiempo, el ser humano necesita una excusa; y se la inventa: ‘Ese es un capitalista, ése es un religioso, ése es un no creyente, ése es extranjero’. Cualquier excusa es válida, porque no puede matar sin tener una excusa o un motivo. Si no hay motivo, inventa el motivo…».
En nuestro país se realizaron y se realizan muchos juicios en los que se examina parte de esa tragedia universal y en los que miles de víctimas se formulan la misma pregunta. También se realizaron juicios en otras partes del continente. En éste, y en todos esos juicios, se intenta dar respuesta a esa pregunta.
En este y en esos juicios, los victimarios motivaron sus crímenes con la misma justificación: que fue una guerra. Pero no una guerra tradicional. Argumentaron que nuestras sociedades estaban en guerra contra una ideología que hacía peligrar la esencia de las naciones occidentales. Construyeron la imagen del enemigo e idearon la coartada de que no podía librarse contra él una guerra en el sentido tradicional, porque jugaba sucio y no respetaba las leyes que la regían. De esta manera, se consideraron liberados de la obligación de respetarlas ellos mismos y se autorizaron a valerse de cualquier medio, sea cual fuere la crueldad que importara, para detectar y eliminar al “peligroso” enemigo. Como explica la investigadora Marie Monique Robin en su libro La Escuela Francesa: “ya no se trataba de hacer la guerra, sino de aniquilar una empresa de asesinos organizados”.[1]
Así, consideraron que no resultaba posible la obediencia a las reglas de la guerra, pero tampoco lo era el respeto a las leyes del Estado. La única regla fue que no hay ningún derecho que se les pueda aplicar y ninguna norma que tengan que acatar. Esta es, desde entonces y hasta el día de hoy, la inadmisible justificación que se propone: la de la guerra sucia.
En su alegato ante la Cámara Federal en el marco del Juicio a las Juntas, el fiscal Strassera se preguntó si los secuestros por parte de bandas anónimas de ciudadanos inermes, la ocupación de las casas y el mantenimiento de los parientes como rehenes, el robo de sus pertenencias, podían ser considerados actos de guerra comparables a los bombardeos de objetivos militares, que causan muertes de inocentes; o a la incautación del parque de artillería enemigo. Se preguntó también si los niños recién nacidos podían ser considerados objetivos militares y si torturar y matar a las personas capturadas que no podían oponer resistencia podía ser considerada una acción de guerra. En definitiva, si todas estas eran consecuencias desagradables no queridas de toda guerra.
De forma contundente respondió que no, que no fueron episodios no queridos pero inevitables, sino actos criminales comunes que nada tienen que ver con la guerra. Y que aun aceptando por vía hipotética el planteo de los imputados de que fue una guerra, su situación se veía tanto o más comprometida, pues el orden jurídico internacional aceptaba sin reservas que cierta clase de hechos, por su profunda inmoralidad y fundamentalmente porque exceden las necesidades del combate, para convertirse en crímenes de lesa humanidad, no son permitidos ni siquiera en la guerra.
También señaló que los calificativos de ‘sucia’ y ‘no convencional’ carecen de entidad a la luz del derecho aplicable, pues lo contrario llevaría a aceptar que un neologismo no fundado en norma jurídica alguna, puede alterar el derecho positivo conforme los intereses de quienes lo invocan. Finalizó este punto con las siguientes palabras:
“La guerra es algo ya de por sí lo suficientemente horroroso como para admitir el calificativo de sucia por añadidura. Esto es un eufemismo para tratar de encubrir actividades propias de pandilleros antes que de soldados… Se llega así, señores jueces, a la formulación de una alternativa de hierro: O no hubo guerra y estamos frente a una manifestación de delincuencia común, o la hubo, y entonces enfrentamos a criminales de guerra.”
Señores jueces: Bajo la excusa de librar una guerra sucia contra el terrorismo, convirtieron al Estado en un Estado terrorista, desplegando un método capaz de provocar en la sociedad un temor generalizado, una amenaza incondicionada con miras a obtener un objetivo mediato. Con suma precisión, Ernesto Garzón Valdez lo expone así:
“El acto o la actividad terrorista cumplen una función instrumental con respecto a esos objetivos que, a su vez, son invocados para explicar o hasta justificar el terrorismo. Lo que está en juego aquí es su supuesta eficacia y la alegada existencia de situaciones y fines cuya relevancia sería tal que ‘santificarían’ el medio empleado […]dado que la amenaza terrorista es una amenaza incondicionada, la víctima potencial del acto terrorista carece de pautas seguras cuyo cumplimiento podría garantizarle su seguridad. Se convierte en un ser desorientado y, por ende, amedrentado: ‘En el proceso de terror, nadie puede estar seguro […]. Cualquiera puede ser una víctima, sin que importe la acción que elija’.
[…]
El acto terrorista se presenta como inevitable por ser un comportamiento orientado a infligir intencionalmente daños a personas inocentes. La imposición intencional de daños a personas inocentes es lo que llamamos delito. El terrorista es, en este sentido, un delincuente.
[…]
No es casual que quienes practican el terrorismo no se autodenominen terroristas; ello equivaldría a autocalificarse de criminales, es decir, a incurrir en una contradicción pragmática. El terrorista aducirá siempre motivaciones o fines que pueden abrirle la posibilidad de la evasión justificante.
Quienes en la Argentina dictatorial del siglo pasado intentaban justificar el terrorismo de Estado solían recurrir a la difusa excusa del ‘por algo será’, con lo que negaban a las víctimas su carácter de inocentes”.
Vemos así que en todos estos juicios examinamos hechos que conllevan la misma dosis de horror. Vemos también que en todos, se pretende dar la misma justificación.
Pero este juicio tiene otra particularidad. Además de establecer lo ocurrido a 174 personas y la responsabilidad que respectivamente les cupo a cada uno de los imputados, debemos determinar si esa asociación criminal era sólo local o si, por el contrario, existió un tipo de asociación criminal regional, en el que se empleó no sólo uno, sino una pluralidad de aparatos estatales de poder coordinados para perseguir y secuestrar personas, mantenerlas ilegalmente privadas de su libertad en condiciones inhumanas, someterlas a los más sangrientos métodos de tortura y asesinarlas. Una asociación en la que pese a sus diferencias históricas, intervinieron varios países bajo un objetivo común. Y que para conseguirlo no sólo cometieron esas atrocidades en el plano interno, sino que de hecho desdibujaron sus fronteras, pues eran límites para la persecución. Este extremo, en sí mismo, importó una grave infracción a obligaciones internacionales que comprometen a los Estados.
Al resolver sobre lo ocurrido con Agustín Goiburú, el Juez de la CIDH Antonio Cançado Trinidade, con suma precisión, citó la siguiente frase de John Dinges, quien consideró que las dictaduras latinoamericanas: “No sólo no protegieron los derechos humanos de sus propios ciudadanos, sino que conspiraron para violar las normas internacionales de recaudo: el derecho de asilo, la protección de refugiados…”[2].
Señores jueces: el traslado forzado e ilegal de personas de un país a otro constituye una gravísima violación a la garantía de no devolución consagrada en el derecho de gentes. Significa la eliminación lisa y llana del derecho de asilo, consagrado no solamente por la costumbre internacional, sino también por convenciones específicas, como el “Tratado de Montevideo sobre Derecho Penal Internacional” de 1889 en su artículo 16; la “Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre” de 1948 en su artículo 27 y la “Declaración universal de Derechos Humanos”, del mismo año, en su artículo 14.
El derecho de toda persona perseguida de buscar asilo trae de la mano un compromiso por parte de los Estados. No sólo no deben interferir en el efectivo goce de este derecho, sino que deben tomar medidas tendientes a garantizarlo. Por eso fueron autorizando la instalación de oficinas del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, el ACNUR, creada el 14 de diciembre de 1950 por la Resolución 428 la Asamblea General de las Naciones Unidas, cuyo funcionamiento se comprometieron a favorecer.
Lejos de favorecer la vigencia de ese derecho, los integrantes de esa asociación acordaron la creación de un marco de actuación que posibilitara la coordinación regional para cometer violaciones graves de los derechos humanos «extra-territorialmente», en otros países y en otros continentes. A esa asociación criminal se le dio el nombre de Cóndor.
Señores jueces: el camino que nos llevó hasta aquí fue tenebroso y singularmente arduo. Tenebroso, porque transitó décadas de impunidad, en las que se incumplieron mandatos constitucionales e internacionales. Ilegalmente, se suspendieron las investigaciones y se perdonaron culpables, con el claro objeto de impedir dar respuesta a lo ocurrido, esta vez bajo otro tipo de excusa: se dijo que frenar las investigaciones y evitar los castigos eran presupuestos necesarios para pacificar a la Nación, sin importar que eso significaba mantener el ocultamiento y aplastar la esperanza de justicia.
Esta justificación no fue privativa de la Argentina: la ensayaron y la ensayan los otros países que también sufrieron esta parte del horror Universal. Nuestras sociedades siguen sufriendo las presiones de estos criminales. Seguramente, la mayoría de los delincuentes pretenden que no se conozcan sus conductas. Pero ese no es el real problema. El problema es que lo consintamos.
Hace más de 200 años Mariano Moreno nos previno con particular elocuencia:
“El pueblo tiene derecho a saber la conducta de sus representantes, y el honor de éstos se interesa en que todos conozcan la execración con que miran aquellas reservas y misterios inventados por el poder para cubrir sus delitos. El pueblo no debe contentarse con que sus jefes obren bien, debe aspirar a que nunca puedan obrar mal.”
Sin dudas, esa finalidad de lograr la pacificación con el aplastamiento de la justicia pretende ser una justificación utilitarista. Pero es una justificación manifiestamente errada hasta dentro de las concepciones utilitaristas, porque ni siquiera consigue el objetivo que busca, ni sirve como prevención de reiteración. Si hay algo que la Historia nos enseña es que no se previenen nuevas masacres tapando y disculpando las anteriores. Si el Derecho no se aplica, muere. Y ya sabemos lo que significa una sociedad sin Derecho. Como también dijo Moreno: “después de vacilar algún tiempo entre mil incertidumbres, será tal vez nuestra suerte, mudar de tiranos, sin destruir la tiranía.”
A) Historia de la causa. Inconvenientes
En ese contexto se originó esta causa, a fines de la década del ’90, a raíz de la querella presentada por los Dres. Pedroncini y Baigún, quienes reunieron algunas denuncias que daban cuenta de decenas de privaciones ilegítimas de la libertad de personas de diferentes nacionalidades cuyos destinos no se conocían, que habrían sido víctimas de una coordinación represiva sistemática regional cuyos efectos no habían cesado. El objetivo era claro: obtener una investigación judicial de delitos de lesa humanidad en un contexto de impunidad; y su principal virtud fue que efectivamente logró romper con la negativa estatal a perseguir penalmente a esos responsables.
A partir de esta iniciativa, la administración de justicia tomó esos hechos tal como habían sido denunciados, a los que luego se sumaron otros a partir de otras querellas o de declaraciones de incompetencia de otros juzgados; y avanzó sobre algunos de los responsables. Y de este modo es como se llevaron adelante acciones hasta entonces impensadas no sólo en nuestro país sino en toda la región: se pidieron las extradiciones de numerosos jerarcas militares de los países integrantes de Cóndor. Y si bien la mayoría de estos pedidos no tuvieron éxito porque fueron rechazados, se logró que al menos uno de los responsables de nacionalidad uruguaya, hoy esté siendo juzgado en este recinto, y éste es un esfuerzo a destacar de parte de la investigación.
Ahora bien. En cuanto a la investigación de los hechos de esas denuncias, y sin perjuicio de que años después una correcta interpretación de principios constitucionales posibilitó ampliarla -y es por eso que actualmente en la instrucción de esta causa se están investigando numerosos hechos-, en aquél momento el sistema de justicia se limitó a tomarlas tal y como habían sido realizadas originalmente. Es decir, el objeto procesal se circunscribió únicamente a lo ocurrido a desaparecidos, a partir de lo cual no se logró que todo se averiguara de manera conjunta y que la indagación se ampliara a otras víctimas, a otros eventuales responsables y a otros delitos. En otras palabras, no se dieron los pasos adecuados para emprender un esclarecimiento y una persecución sistemática de los graves delitos ejecutados merced a un sistema de coordinación represiva de los aparatos de poder de las dictaduras de la región.
Se realizaron, así, divisiones de procesos que no siguieron pautas razonables de agrupamiento, de selección o de priorización por motivos doctrinaria y jurisprudencialmente aceptados, como ser elección de casos representativos o limitaciones en la cantidad de hechos y de imputados para tener un objeto judicialmente manejable, entre otras.
Esas divisiones artificiales generaron inconvenientes. Por ejemplo, la división de las causas de acuerdo a si las víctimas habían desaparecido o si se traba de sobrevivientes, entre otras cosas duplicó los esfuerzos para la obtención de la prueba que era común, llevó a testigos a presentarse en más de un proceso, generó planteos de incompetencias, llevó a que se hiciera un primer juicio separado del resto e impidió la realización de imputaciones adicionales a algunos de los procesados. Véase que en este juicio, de la misma forma en que ocurrió en el primer juicio ante este Tribunal por lo sucedido en Automotores Orletti, no podremos acusar a uno de los imputados por su eventual contribución a una asociación criminal aunque haya pruebas para hacerlo, porque esa conducta no fue elevada. Por la misma razón, tampoco podremos acusar a otros imputados por lo sufrido a los sobrevivientes alojados luego en ese CCD.
Pero el mantenimiento de esa irrazonable división entre desaparecidos y sobrevivientes no fue el único defecto ni fue la única limitación para este juicio. La investigación original pudo igualmente ser ampliada a otros hechos íntimamente relacionados con las primeras denuncias y que surgían necesariamente de su estudio, como se demostró en este debate.
También ha ocurrido que en algunos casos, si bien varias personas habían sido secuestradas juntas, no todos los hechos fueron elevados, aunque las circunstancias y las pruebas eran las mismas. Este error fue resaltado por varios testigos y hasta por un imputado en la audiencia.
En otros casos, los secuestros fueron imputados a uno de los acusados pero no a otros responsables incluidos en la misma causa, pese a que se encontraba necesariamente acreditada su intervención.
Desconocemos las razones de estas últimas falencias que nos han limitado la posibilidad de imputación. Actualmente, esa imposibilidad no puede ser revertida en este juicio.
B) Etapa de juicio. Visión global lograda. Diferencias con otros juicios
A pesar de esto, con las limitaciones dadas por el objeto procesal y con los medios disponibles, el debate intentó abarcar el fenómeno Cóndor en su real dimensión. Para eso: se unieron en un mismo juicio las causas más significativas, se expandió la búsqueda de testigos, de miles documentos, de investigaciones, de informes y de hechos, causas y pruebas conexas, se buscó y se obtuvo prueba suplementaria de los cientos de delitos elevados a juicio, para conocer con precisión los hechos denunciados y las responsabilidades en su comisión.
Porque, a diferencia de otros procesos, la investigación no se limitaba a una zona de la geografía argentina, ni a un CCD, ni a la actuación de un grupo de tareas en particular; ni siquiera se limitaba a las actividades de las fuerzas represivas de un único país. Debíamos verificar la actuación mancomunada de diversos aparatos de poder en el diseño de una asociación criminal, en el intercambio de información, en el planeamiento y ejecución de operaciones, en secuestros, en desapariciones y en asesinatos.
Se realizó un debate por más de dos años, en el que se presentaron cientos de testigos y se incorporaron libros y miles de documentos provenientes de diversos países, entre ellos, dictámenes de historiadores, especialistas y comisiones de investigación sobre la organización y funcionamiento del plan sistemático global.
Se verificaron diversas cadenas de eventos en los países involucrados y su incidencia para la comprensión de los hechos investigados. Vimos cómo la sucesión de golpes militares determinaron oleadas migratorias de refugiados y exiliados que escapaban de la persecución y cómo el acoso prosiguió fuera de las fronteras.
Todo eso permitió superar visiones y enfoques parciales, puesto que se intentó y se logró representar la real magnitud de lo que fue la coordinación represiva regional durante Cóndor, su proceso de gestación y su anatomía como marco funcional para el diseño de un tipo de sociedad, bajo el argumento de la denominada “lucha contra la subversión”.
Señores jueces: resulta interesante cómo en la audiencia se trató no ya de negar la existencia de Cóndor, sino de reducir su actividad al intercambio de información, como si el intercambio de información para cometer sistemáticamente crímenes aberrantes no fuera parte del proceso ejecutivo del delito aberrante.
Pero Cóndor no sólo fue eso. En líneas generales podemos afirmar que Cóndor fue un andamiaje para la estandarización de las prácticas de coordinación represiva presentes en la región, con el claro objetivo de facilitar la destrucción de todas las personas y de todas las organizaciones que se presentaran como opositores a las dictaduras. Esto, traducido a la práctica implicó que Cóndor sirvió para la especial, pero no privativa, persecución y búsqueda de aniquilamiento de los dirigentes, la persecución a los cuadros medios y de base de las organizaciones, la búsqueda de la expropiación de sus recursos económicos, y el desprestigio internacional de las organizaciones por medio de campañas de acción psicológica.
La dimensión de lo investigado y de lo descubierto en el juicio permite mostrar la magnitud de Cóndor. Es un ejemplo de particular interacción por un objetivo común, que hizo pasar a segunda plano las históricas hipótesis de conflicto entre diversos países.
La visión global de lo sucedido brinda una mejor comprensión de lo actuado por cada una de las dictaduras y permite verificar que lo hecho en cada país fue parte de un todo. Ese todo, impedir y destruir la alegada infiltración marxista, fue una coincidencia de intereses nacionales y regionales, producto de la aceptación e incorporación de presupuestos ideológicos y técnicas desarrolladas, exportadas, fomentadas y apoyadas por otros países para mantener sus propios intereses. Resulta obvio que esas circunstancias no puede desdibujar la responsabilidad de nuestros países, que las hicieron propias y las llevaron a la práctica. Son quienes detentaron el poder en esos años en nuestros países los directos responsables del dolor que provocaron a toda la región. Y fueron ellos quienes decidieron crear ese marco específico de coordinación. Y en este sentido, Cóndor es un paradigma de los delitos de lesa humanidad: así como este tipo de hechos afecta a toda la Humanidad, Cóndor es un ejemplo de que la atrocidad no tiene límites geográficos ni de nacionalidades.
Señores jueces: Como ya lo destacaron las querellas, fue el primer juicio oral sobre Cóndor, en el que no sólo hubo inmediación y visión conjunta de toda la prueba producida, sino que todo esto se hizo a la vista de todo aquél que quiso conocer. Y como todo juicio, culminará con una sentencia: estamos seguros que será la corroboración judicial de lo ocurrido. Que un Tribunal confirme en un proceso penal lo que ya todo el mundo conoce o supone, adquiere una importancia esencial en la acreditación de la verdad, pues la comprobación de lo ocurrido se hace de acuerdo a los principios que regulan el proceso judicial.
C) Particular repercusión e importancia interna e internacional
Somos conscientes de que lo que se debatió en las audiencias desató un eco en la región. Creemos que este debate servirá como punto de partida para el impulso de investigaciones globales, que no se limiten a algunos casos y sólo contra algunos responsables, sino que se desarrollen investigaciones integrales que permitan la persecución y castigo de un universo coherente a la dimensión de lo revelado en el juicio. Nuestra esperanza es que las dificultades y escollos que transitamos en la búsqueda de información también sirvan para mostrar que ésta debe estar a disposición de toda la Humanidad, que no debe quedar bajo el arbitrio selectivo de la burocracia estatal o el interés privado, sobre todo cuando se alega que esa información forma parte de la Memoria de la Humanidad. Este juicio mostró que se puede hacer, que se debe insistir.
Y lo hecho va a repercutir en nuestras sociedades, por cuanto como bien sostuvo Carlos Somigliana, uno de los integrantes del Equipo Argentino de Antropología Forense:
“Cuando vos movés una cosa, movés muchas expectativas, muchas esperanzas…siempre hay algo que buscar, siempre hay algo que encontrar, siempre hay alguien para quien el resultado de esa búsqueda le va a servir para hacer su duelo, para seguir su vida, para tener algún fantasma menos”.
El EAAF remueve escombros. Los órganos de justicia deben remover los obstáculos que se interponen para hacer Justicia.
D) Rol de las víctimas
El camino para aplicar el Derecho fue, así, arduo. Y fueron las víctimas, sus familiares y los denunciantes de todos los países los que lo transitaron. Fueron los que cuando los funcionarios no estuvieron a la altura de sus responsabilidades, permanentemente insistieron reclamando verdad y justicia en sus propios países. También, en otros, cuando no fueron escuchados.
Incluso ahora, con un proceso en marcha, cientos de testigos se desplazaron de sus hogares para declarar, en esta sala o desde diferentes lugares del mundo, porque otra de las características distintivas de este proceso judicial es que la mayoría de las víctimas no son argentinas. Los expertos nos acercaron sus conocimientos, producto de años de investigaciones, de significativa relevancia para lograr esa visión global de los hechos y de Cóndor y su real dimensión. Los pocos sobrevivientes revivieron sus padecimientos. Los padres, los hermanos, los hijos y los allegados de quienes no están, también.
Todos ellos nos contaron lo que vieron y lo que supieron, nos entregaron las pocas o las muchas constancias que conservaron, nos auxiliaron incluso acompañando cientos de documentos que revelan un horror burocratizado, en el que nada se dejaba al azar. Nos revelaron la dimensión de esa ausencia, una ausencia desesperante e injusta, porque padres, hijos y hermanos tenían derecho a la presencia del que no está. Nos expusieron lo que significa seguir viviendo sin conocer cuál fue el último destino de un ser querido. Y esa es una de las peores formas de tortura. Porque si bien la desaparición puede ser una forma eufemística de llamar a la muerte, no es lo mismo.
Como sabiamente dijo Mario Benedetti:
“En más de un sentido, un desaparecido es para los familiares casi más desesperante que un muerto. La desaparición convoca una dosis, por pequeña que sea, de esperanza, seguida siempre por una desesperanza atroz, que al día siguiente cede su sitio a una nueva esperanza, que nunca se da por vencida, y así sucesivamente. El muerto muere una sola vez, en tanto que el desaparecido muere todos los días».
La desaparición de personas no fue un hecho aislado. Formó parte de la sistematicidad, como un método específico que tuvo una finalidad alegada, ocultar a la comunidad internacional y local lo que se estaba haciendo; y una secreta: fue un método de lucha contra quienes se consideraban enemigos, para sembrar en ellos terror, dudas y confusión.
Pero tuvo consecuencias no deseadas. El desaparecido no es un individuo aislado: su ausencia altera un contexto, afecta a la totalidad de sus relaciones sociales. La desaparición provoca un vacío en la sociedad, entre los familiares, entre los diversos grupos de pertenencia. La ausencia sistemática adquiere una dimensión no esperada. Recordemos que la Naturaleza no soporta los vacíos y, a la larga, las sociedades tampoco. Paradójicamente, la desaparición provoca el efecto inverso al deseado, pues el vacío se nota, genera reclamos, denuncias.
En nuestro país, fue lo que impulsó las investigaciones de delitos de lesa humanidad en general, la que generó los primeros juicios y, luego, los denominados juicios de la verdad. Como vimos, fue lo que impulsó en nuestro país la “causa Cóndor”, esto es, conocer el destino de decenas de desaparecidos.
Las desapariciones son la cáscara, es decir, lo que aparece por fuera. Es lo que se ve más claramente del Terrorismo de Estado. Y como ocurre con todas las cosas, para comprender lo visible, debemos adentrarnos en el estudio del sustrato que lo provocó.
Entre otras cosas, para implementar la desaparición como práctica sistemática es necesaria La destrucción del Estado de Derecho, precedido de Golpes de Estado, La utilización de un “aparato de poder estatal”, al margen de la ley; el diseño de un sistema y el adiestramiento de sus componentes; la creación o la utilización de lugares existentes como CCD, la justificación interna de lo que se va a hacer y la ocultación de lo hecho.
Lo mismo ocurre con Cóndor. Para hablar de Cóndor debemos examinar, sintéticamente, el proceso que lo generó. Haciendo eso, además de haber dado respuesta a las víctimas y de haber responsabilizado a algunos de los culpables, el juicio servirá también para otra cosa: que la gente sepa lo que pasó.
Vuelvo a las palabras de Jack Fuchs: “El ser humano quiere saber […] A veces me pongo un poco romántico y digo: “yo hablo porque no quiero que mi pasado sea el futuro de ustedes”.
Con la prueba reunida en este juicio intentaremos ahora explicar lo que pasó; y por qué pasó.
Plan de Exposición
Consideramos necesario ahora esbozar cuál será el esquema que vamos a emplear en el desarrollo de este alegato y algunas de las premisas de las cuáles partiremos Esto permitirá mostrar al Tribunal el camino seguido para la comprobación de los hechos y de las responsabilidades de los imputados.
Como recién mostramos, este juicio gira principalmente sobre dos ejes a dilucidar, jurídicamente independientes. Uno, establecer si existió un concierto de voluntades al que se le dio el nombre de Cóndor, si lo comprobado debe ser considerado una Asociación Ilícita, es decir, si constituye de por sí un hecho criminal y si cada uno de los imputados participó en esa asociación y, en su caso, en qué grado. Otro, determinar qué les pasó a las víctimas que conforman parte del objeto del juicio; y si cada uno de los imputados tuvo algún tipo de contribución en los hechos que damnificaron específicamente a cada una de las víctimas directas incluidas en este debate.
Como toda la prueba es común al objeto del juicio, en primer término y muy sintéticamente nos referiremos a los criterios generales de interpretación de esa prueba, para pasar luego a tratar los antecedentes y al marco de materialización de esos hechos y de esas responsabilidades, que nos mostrará el contexto en el que deben ser interpretadas.
Nos referiremos así a la Operación o Plan Cóndor y al proceso ideológico e histórico que lo generó, procurando explicar qué cambio significó en la metodología de la coordinación represiva anteriormente existente y qué tipo de estructuras utilizó. Eso nos permitirá responder a una de las premisas de este juicio.
Como consideramos que, más allá de la creación de alguna herramienta puntual, básicamente se emplearon en esa coordinación represiva las estructuras existentes en cada país pero bajo un marco de actuación nuevo. Pasaremos luego a tratar mínimamente las estructuras de los respectivos aparatos de poder de diversos países y su adecuación a Cóndor, con la siguiente aclaración: como la mayoría de los imputados son argentinos, comenzaremos con la estructura del aparato de poder argentino y le daremos una extensión mayor, dedicándole un acápite específico.
Para facilitar también la comprensión, pasaremos luego a describir los hechos concretos que agraviaron a ciertas víctimas en particular y las pruebas en que individualmente se fundan, insinuaremos quiénes intervinieron y a quiénes podremos responsabilizar en este juicio, dados los límites marcados por la etapa anterior. Esos hechos los agruparemos por criterios de conexidad y, especialmente, por nacionalidades. Será entonces cuando describiremos sucintamente las otras estructuras represivas que tuvieron preponderancia en el sistema regional de coordinación criminal.
A esa altura ya habremos dado respuesta a uno de los ejes del juicio, lo ocurrido a las víctimas y habremos expuesto las premisas para la demostración del segundo de los ejes del debate, la verificación de la existencia de un acuerdo criminal. En ese momento lo concluiremos.
Posteriormente expondremos los criterios dogmáticos que tendremos en cuenta y nos referiremos, también uno por uno, a los imputados. Respecto de ellos haremos una breve semblanza, examinaremos las posturas que asumieron, las críticas que cabe efectuar y las razones para responsabilizarlos por los hechos requeridos y probados, al mismo tiempo que expondremos el marco en el que vamos a basar nuestra apreciación para determinar los diferentes grados de intervención en los diversos delitos, que también explicaremos, entonces sí con mayor profundidad.
Finalmente, pasaremos a indicar qué penas deben ser aplicadas junto con las pautas de mensuración y realizaremos nuestras peticiones.
El detalle del esquema expuesto indica desde ahora la primera pauta a considerar: ninguna de sus partes es un compartimiento estanco sino que entre ellas existe una relación lógica y de imputación y, a su vez, entre cada uno de los puntos que toquemos, cada consecuente será una derivación necesaria del antecedente expuesto.
Como puede advertirse nuestra exposición será extensa: salvo en las ocasiones en que consideremos imprescindible abundar en detalles, intentaremos no reiterar conceptos o relatos, por entender que alguno de ellos ya han sido suficientemente abordados por las querellas en sus respectivos alegatos.
Aclarados entonces la metodología que emplearemos, corresponde que nos detengamos brevemente en cuál es la forma en que a nuestro entender deben ser examinados los hechos y las pruebas.
[1] Marie Monique Robin, Escuadrones de la muerte. La escuela francesa, Sudamericana, Buenos Aires, 2004.
[2] Corte Interamericana de Derechos Humanos , 22.09.2006, Caso Goiburú y otros Vs. Paraguay. Disponible en http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_153_esp.pdf.
Contexto histórico de Chile
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La dictadura chilena
A diferencia del resto de los países, el golpe de Estado en Chile se produjo contra un gobierno de corte progresista, que había proclamado que se encontraba instrumentando una “vía al socialismo”. Lo precedió un intenso proceso de movilización y polarización social. El golpe de Estado buscó poner fin a esos procesos.
En el caso chileno, al momento del golpe de Estado no estaba predefinido el método de disciplinamiento social a utilizar. Esto implicó que la consolidación del modelo represivo chileno demorara por lo menos dos años.
La dictadura chilena pasó de un esquema de detención en grandes campos de concentración, fusilamientos y del internamiento de las figuras principales del depuesto gobierno de la Unidad Popular, a un modelo de represión clandestino instrumentado por una nueva fuerza, creada para tal fin, al menos en el período al que nos ocupa en este juicio.
Destierros y exilios
Mirando la cuestión desde las actitudes del Estado en relación con la expulsión de opositores políticos, podemos decir que en Chile sucedieron tres cosas.
Primero, hubo requerimientos de expulsión con prohibición de retorno. En este caso podemos hablar de destierros formales. Esto comenzó a suceder dos meses después del golpe, con la promulgación del decreto- ley 81, que facultaba a Pinochet para disponer la expulsión o abandono del país de personas, extranjeras o nacionales y para prohibir el retorno a los que hubieran abandonado el país sin sujetarse a las normas establecidas, hubieran sido expulsados u obligados a abandonar el país o estuvieren cumpliendo penas de extrañamiento.
El dictado de este decreto-ley habilitó a la dictadura a comenzar el vaciamiento de los campos de concentración que se habían creado a continuación del golpe de Estado, que eran objeto de reclamo por parte de la opinión pública internacional. Por medio de este decreto fueron expulsados los principales cuadros de los partidos y organizaciones políticas de la vida del Chile democrático que sobrevivieron al golpe de Estado.
Lo segundo que sucedió fue que hubo personas que fueron directamente amenazadas y forzadas a salir del país, no mediante una orden escrita, pero si por la acción directa de los agentes del régimen. Esta tendencia se vio acentuada sobre todo luego de la formación de la DINA a fines de 1974.
Y lo tercero que sucedió fue que ante el avance de la represión sobre los grupos políticos y los individuos, hubo personas que se sintieron amenazadas y decidieron salir del país.
En Chile ocurrió, además, que, dadas las características del gobierno de la Unidad Popular, había habido muchos exiliados de otros países como Uruguay o Brasil que se habían trasladado a Chile, y también personas que habían viajado a Chile para observar y participar de esa experiencia política. Esas personas se convirtieron en blanco de la dictadura, que, fiel a los principios de la Seguridad Nacional, veía en los extranjeros a los “inoculadores” del mal en su país. Estos exiliados, muchos de los cuales fueron refugiados por ACNUR, debieron abandonar Chile y reexiliarse. María Bernabella Herrera, funcionaria de ACNUR en esa época, dio un cuadro de esta situación durante su declaración.
Muchos de los chilenos amenazados, como los extranjeros que debieron reexiliarse, encontraron en la Argentina de 1973 una tierra de refugio.
Este proceso de expulsiones y la conformación de las comunidades de exiliados chilenos a lo largo y a lo ancho del globo, tuvo un resultado no esperado por la dictadura. La salida de estas figuras públicas y de tantos otros que sufrían la represión implicó el surgimiento de una fuerte corriente de denuncia internacional. En Chile, la prensa oficialista agudizó todos sus recursos para denunciar como “antipatria” a todos estos desterrados que comenzaban a transformarse en exiliados. Hacia fines de 1973, comenzó a elaborarse el discurso del “exilio dorado” y de la “campaña antichilena” que serviría también a la dictadura argentina para enfrentar oportunamente a sus propios exiliados.
La conformación de la DINA a fines de 1974, implicó la organización un sistema de espionaje y represión a los exiliados. La planificación y ejecución, aunque en algunos casos fallida, de asesinatos de las principales figuras de la oposición en el exterior, que sería luego imitada por otras dictaduras de la región como Uruguay, Paraguay y Bolivia; y la implementación de campañas de acción psicológica como la Operación Colombo en 1975, tenían por finalidad amedrentar tanto a las comunidades de exiliados como a la sociedad chilena. Esto se vio incrementado cuando el Cóndor entró en vigencia.
Estructura represiva
Dijimos que detrás de la represión a los exiliados chilenos estuvo la DINA. Vamos ahora, entonces, a mirar la estructura de la DINA para entender cómo se produjo su vinculación con Cóndor. Nuevamente, como en el caso uruguayo, no vamos a hacer referencia a la totalidad de la estructura represiva chilena.
Para esta reconstrucción utilizamos esencialmente el Informe Rettig, la documentación secuestrada al espía chileno Arancibia Clavel y la selección documental de la causa plan Cóndor de Chile, remitida por exhorto en el marco de este juicio. Adicionalmente, también usamos las declaraciones efectuadas en este juicio por los testigos expertos John Dinges, Peter Kornbluh y Mario Rafael Castillo Bustamante. Cuando se haya utilizado alguna otra pieza documental, lo aclararemos.
Ya hicimos una referencia general a la DINA. Ahora brindaremos algunas precisiones y ampliaciones.
Recordemos que una forma prototípica de la DINA fue fundada en noviembre, de 1973, bajo el nombre de “Comisión DINA”. Ya en octubre de 1974 comenzó a perfilarse en Chile lo que sería el modelo más permanente de represión.
A la vez que se vaciaban los campos de concentración y comenzaba la política oficial de destierros y relegamientos, se organizó la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y junto a esta, el dispositivo represivo clandestino centralizado que primaría a partir de ese momento, estructurado en torno a la obtención de información por medio de tortura, la desaparición de personas y el establecimiento de centros clandestinos de detención.
La DINA fue creada el 14 de junio de 1974 por el decreto ley N° 521 de la Junta Militar de Chile. El decreto la definió como un organismo de inteligencia técnico profesional que tenía por función asesorar directamente a la Junta Militar, a partir de la reunión de información y la producción de inteligencia. Documento 1.
La DINA, surgió como brazo armado de Pinochet y le sirvió para construir su hegemonía dentro de la alianza de fuerzas que se estableció luego del golpe de Estado. Con la DINA, Pinochet se proponía hacer varias cosas: primero, destruir a la oposición política; segundo, quitar protagonismo a las Fuerzas Armadas en la represión, y de esta manera, lograr subordinarlas. Contreras dirigió la represión con la DINA; y Contreras reportaba directamente a Pinochet; y tercero, ayudar a Pinochet a consolidar su hegemonía mediante el control y purga sistemática de los organismos del Estado.
Sobre las funciones de la DINA, en el informe Rettig se afirma que, “en la práctica la DINA tuvo y se arrogó, las más amplias funciones de inteligencia y seguridad, en Chile y en el exterior. Reunía información, la analizaba y proponía políticas de Gobierno basadas en ellas, en los más diversos campos del quehacer público, nacional y extranjero”. Además de ello, tenía una función operativa, esto es, la realización de acciones específicas para cumplir objetivos de seguridad, tal como los entendía
Para el cumplimiento de sus funciones principales, la DINA desarrolló un sinnúmero de tareas y programas de apoyo, incluyendo el control de registros públicos; el establecimiento de una red de colaboradores o informantes en servicios públicos; la aprobación y veto de nombramientos y de otorgamiento de ciertos beneficios estatales; el establecimiento de relaciones de coordinación con otros servicios de inteligencia en el extranjero así como también con grupos de carácter terrorista; y distintas actividades encaminadas a obtener fondos, entre ellas variadas formas de asociación con personas naturales o empresas o el establecimiento de empresas propias.
A la DINA, entonces, se le otorgaron amplios poderes represivos: en el nivel de la obtención y procesamiento de información, por medio de la centralización de actividades de inteligencia, pero también se le dio capacidad operativa, por cuanto se le permitía la realización de allanamientos y detención de personas.
En cuanto a la estructura, según el decreto de fundación, tendría “un oficial general o superior, en servicio activo, en las Fuerzas de Defensa Nacional”.
La planta estaría constituida por “personal proveniente de las instituciones de Defensa Nacional”, es decir, Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones; y por personal civil que, para ser contratado, debía ser aprobado por Decreto Supremo y por el Ministerio de Hacienda.
Además de los miembros de planta, la DINA contaba con agentes agregados provenientes de las distintas Fuerzas Armadas o Carabineros, personal contratado, asesores, colaboradores, contactos en servicios del Estado e informantes. Pero la mayoría del personal provenía de las FFAA. Los cargos más altos los ocupaba personal del Ejército, aunque también hubo miembros de la Marina y Fuerza Aérea, y también civiles, muchos de ellos reclutados de los grupos de extrema derecha.
La estructura era jerarquizada. La descripción que sigue se realiza a partir de dos organigramas agregados en la causa Plan Cóndor de Chile.
Uno de los organigramas se encuentra a fojas 1510-1513 de dicho exhorto y el otro es un informe pericial planimétrico, elaborado a partir de la declaración del ex miembro jerárquico de la DINA, Coronel (R) Rolf Wenderoth Pozo, que se encuentra a fojas 921-921 del exhorto. Documento 2 y Documento 3.


La jerarquía superior estaba compuesta por un director y un subdirector.
La sede de la dirección de la DINA fue el Cuartel General, sito en la calle Belgrado 11, en Santiago.
Había además varias subdirecciones: Exterior, Interior, Económica, Psicológica, Apoyo Técnico y Transportes, dependientes del director general.
La subdirección interior, tenía dos brazos operativos. Uno, la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BIM) que se ocupaba de las actividades en Santiago y otro, la Brigada de Inteligencia Regional (BIR), que se ocupaba de las relaciones con las unidades o contactos de la DINA en las regiones.
La BIM tuvo una primera sede en la rinconada de Maipú. Luego pasó a Villa Grimaldi. La BIM tenía un jefe, una plana mayor y agrupaciones operativas. En la primera época, las tareas operativas eran más desordenadas y poco planificadas. Existían diversas agrupaciones o unidades con nombres como “Caupolicán”, “Purén” o “Lautaro”. Cuando la BIM se instaló en Villa Grimaldi, hubo una reorganización, se crearon solo dos grandes agrupaciones, “Caupolicán”, encargada de la represión al MIR y “Púrén”, que se ocupaba de los demás partidos. Cada una de estas agrupaciones, se subdividían en unidades de 20 a 30 agentes.
Ya mencionamos que con la DINA comenzó en Chile la práctica sistemática y planificada de la desaparición de personas, que se diferenció de la etapa anterior en que el ocultamiento de los cuerpos se relacionaba con muertes en sesiones de tortura o fusilamientos. Para esta nueva táctica represiva se crearon centros clandestinos de detención. El primero de estos recintos funcionó en el interior del cuartel de Tejas Verdes. Luego se crearon los CCD “Cuatro Álamos” que funcionaba dentro de un recinto de detenciones oficial de la DINA llamado “Tres Álamos”; “Londres 38”, una casa que funcionaba en pleno corazón de la ciudad de Santiago; “José Domingo Cañas”; “Villa Grimaldi; “La Venda Sexy”; “Implacate” y el “Cuartel Venecia”.
Además de esos CCD, la DINA contó con otras instalaciones utilizadas para la labor represiva: el Cuartel General de la Calle Belgrado 11; Rinconada de Maipú; una clínica médica ubicada en el centro de Santiago y el Hospital Militar. Adicionalmente, en el marco de la labor de la comisión Rettig, se recibieron denuncias sobre la existencia de centros clandestinos de detención en la colonia alemana Dignidad y en la localidad de Parral. Y más recientemente se comprobó la existencia de un centro específico de exterminio, Simón Bolívar.
Por los CCDs pasaron algunas de las víctimas de Cóndor, trasladadas desde otros países.
Por otro lado, estaba la subdirección exterior de la DINA, llamada también “DINA exterior”. El origen de la DINA exterior parece remontarse al momento mismo de formalización de la DINA, en 1974, según el parte 2822, del Departamento V de la Policía de Investigaciones de Chile agregado a fs. 1042 a 1061 del exhorto en el que se remitieron piezas del expediente de la causa Cóndor chilena. Documento 4.
La DINA desarrolló estrategias de neutralización y contra ataque para desalentar o finalizar las actividades de denuncia desde el exterior. Para ello, desarrolló tareas de inteligencia y contra propaganda. Pero la DINA fue más allá y se planteó también la realización de operaciones en el exterior.
La subdirección exterior dependía directamente de Contreras. Su sede, según el parte 2822 funcionaba en las mismas dependencias de la sede central. La creación de esta subdirección implicó una reasignación de recursos existentes. Se incorporó también personal civil. Afirma el informe Rettig que “a partir de 1974 la DINA desarrolló cada vez más una “capacidad extraterritorial”, que incluía fuerzas operativas en varios países. Estas contaban con personal propio y eran también fortalecidas con la colaboración con otros servicios y organizaciones en el exterior”. A esto hay que sumar las alianzas con grupos de extrema derecha: argentinos, exiliados cubanos e italianos principalmente.
¿Cuáles eran las tareas de la subdirección exterior de la DINA? Primero, tareas de inteligencia y contrainteligencia estratégica; segundo, control de la red del servicio exterior oficial y tercero, operaciones y misiones relacionadas con la represión.
Hemos dicho ya que en el caso de Chile se cuenta con un conjunto documental de características únicas, los documentos secuestrados durante la detención de Arancibia Clavel; y en la parte general reseñamos las características de las redes que se tendieron a partir de las actividades de este espía, y el esquema de coordinación organizado entre Arancibia Clavel, el enlace clandestino de la DINA en Buenos Aires y Víctor Barría, el enlace oficial de la DINA en Argentina.
Ahora vamos a hacer referencia a los documentos que fueron enviados desde la Subdirección de Inteligencia Exterior, para conocer cuáles eran los intereses de la DINA en el exterior y cómo operaba el departamento exterior de un servicio de inteligencia de la región mirando en el largo plazo, durante los años más duros de la represión regional, entre 1974 y 1978.
En líneas generales, se realizan pedidos de información sobre realidad nacional, política, social. Además sobre cuestiones concretas que tienen que ver con la defensa nacional, sobre todo después del año 1977 y la transformación de la DINA en CNI. También es posible confirmar el uso de la DINA para espionaje y disciplinamiento del servicio exterior chileno. Pero también se ve claramente que la central de la DINA recopilaba información sobre actividades de los exiliados e incluso, ordenaba su secuestro. Para ilustrar lo anterior, vamos a referirnos a algunas de las piezas documentales.
El primer documento, es el memorándum 023 y anexo, firmado por la Subdirección de Inteligencia Exterior y remitido a Arancibia Clavel. De aquí, nos interesa el anexo 34 (secreto), que son unas instrucciones al personal que se desempeña en el exterior. En este documento se dan indicaciones sobre las características físicas que deben tener los envíos de información; de indican cuáles son los temas de interés para la DINA exterior. Y, en el punto h se solicita información sobre actuación de los servicios de inteligencia o policiales en lo referido a elementos subversivos o extremistas, con mucho nivel de detalle: quiénes eran los jefes, cuál era el centro de poder real de la organización, si había chilenos o agentes diplomáticos involucrados, cuáles eran las actividades que realizaba y su volumen, su importancia en el país de acogida, dónde estaban citas las oficinas o dependencias de las organizaciones, cuáles eran las vulnerabilidades de las organizaciones, conexiones con otros grupos o partidos políticos, grado de conexión con autoridades de gobierno o representaciones extranjeras. Documento 5.
Otro documento demuestra la operatividad de la DINA en el exterior. La jefatura de la DINA remitió explícitas órdenes de captura de ciudadanos chilenos en el exterior. Se trata del Memo del 04/12/1975, firmado por Luis Gutiérrez, que era el alias utilizado por los jefes de la DINA exterior. El mismo reza:
“Daniel, el correo del MIR detenido, ¿corresponde a Leandro Alarcón Ovando? Si esto es efectivo estaríamos interesados en su traslado a Chile. “Daniel” tiene contactos con Edgardo Enríquez, que es necesario obtener y utilizar para permitir su captura.
De la documentación capturada a Daniel se desprende que Ruy Mauro Marini, alias Luis, segundo hombre del CC del MIR con vinculaciones con la JCR viajaría en estos días a Argentina, con su identidad verdadera para entrevistarse con Edgardo Enríquez. Ver la posibilidad de capturarlos.”
En el exterior, la DINA operó inicialmente en Argentina. Luego extendió sus actividades a otras latitudes. Para establecer sus actividades se sirvió primero de una red de civiles chilenos, de ideología derechista, en Argentina, durante el gobierno de la Unidad Popular entre los que se encontraba Arancibia Clavel. Las redes referidas fueron incorporadas en el organigrama de la DINA. En este sentido debe mencionarse lo que se afirma en el Parte 1077, del departamento V de la Policía de Investigaciones de Chile en el marco de la causa Plan Cóndor de Chile, a fs. 1965-1982 del exhorto remitido. Allí se destaca la presencia dos redes, una en Buenos Aires, encabezada por Arancibia Clavel; y otra en Mendoza. Documento 6.
La subdirección exterior de la DINA, una vez consolidada, comenzó a enviar agentes destacados en las embajadas, que hacían las veces de enlaces oficiales con organismos represivos locales.
Para realizar actividades en el exterior, la DINA debió colaborar con organismos y grupos en el exterior, tanto con los servicios con similares funciones, como con agrupaciones políticas que prestaban su servicio de manera temporal o permanente. Esto inició durante el primer período de desarrollo de la DINA. Luego, en un período más avanzado, a fines de 1975, la DINA pasó a operar, al menos en los países del Cono Sur, en el marco del Cóndor.
En el informe Rettig se afirma que “algunos de los resultados y efectos de estas actuaciones, organizadas como operativos de inteligencia implicaron gravísimas violaciones a los Derechos Humanos de múltiples personas que en su mayoría habían adquirido la condición de refugiados o asilados políticos en los países donde los alcanzó la mano de la DINA”.
En cuanto a recursos económicos, la DINA contó con fondos presupuestarios de carácter reservado. Pero además, para sostener el aparato, se dio la tarea de generar recursos propios. Para eso creó empresas en Chile y en el exterior, se asoció con otras y además, recibía donaciones de empresas. Además, se apropió de bienes inmuebles, automóviles y pertenencias de las personas secuestradas.
La DINA funcionó hasta agosto de 1977, cuando sus bienes y personal fueron traspasados al organismo que se creó para reemplazarla: la Central Nacional de Informaciones (CNI). Tanto Peter Kornbluh como John Dinges concordaron, en sus declaraciones, en que este cambio se produjo a raíz del atentado que se había producido en septiembre del año anterior en Washington y había costado la vida del ex canciller de la Unidad Popular, Orlando Letelier. Según Kornbluh, en su libro Pinochet, los archivos secretos, en la práctica, se produjo un ascenso de Contreras de coronel a general de brigada, fue desplazado del cargo, y en su antiguo cargo fuera puesto Odlaniel Mena, opositor a Contreras. En la práctica, la CNI tuvo las mismas funciones que su antecesora.
Señores jueces: Hasta aquí hemos visto la estructura general de la DINA. Pasemos ahora a explicar las características de su subdirección exterior.
Ya mencionamos que dentro de la DINA surgió la Subdirección Exterior, que desarrolló actividades fuera de Chile en el marco de Cóndor. Vamos a ver ahora cuáles fueron los blancos de esas actividades.
Los blancos de Chile y las operaciones en el exterior
Son muy conocidos y ya fueron mencionados los asesinatos o intentos de asesinato que llevó a cabo la DINA: Prats y Letelier y los fallidos contra Leighton, Altamirano, Pascal Allende y Teitelboim. También podemos incluir aquí a Edgardo Enríquez. Todos ellos eran dirigentes de las corrientes que podrían haber hecho frente a Pinochet: Prats, con gran ascendiente entre los militares constitucionalistas y además había sido jefe de Pinochet; Letelier, dirigente del Partido Socialista, Leighton de la democracia cristiana, Altamirano también socialista y Teitelboim del partido comunista. Y a esto hay que sumar a la dirigencia del MIR, Edgardo Enríquez y Andrés Pascal Allende.
Así como los dirigentes de estos partidos y organizaciones fueron perseguidos, también lo fueron los activistas.
La coordinación chilena-argentina se cobró varias víctimas en Argentina. Veamos cuáles fueron las organizaciones blanco de la represión chilena en nuestro país, para poder situar los secuestros que se tratarán luego, que son objeto de investigación en este juicio.
Represión a las organizaciones políticas
El MIR
El Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) de Chile surgió en Concepción, Chile en 1965.
En 1967 se impuso dentro del MIR la línea castrista, encabezada por Miguel Enríquez, Bautista Van Schowen, Luciano Cruz y Andrés Pascal.
En el período 1970-1973 el MIR no formó parte de la Unidad Popular y tuvo una relación errática que varió entre la confrontación y el apoyo, por ejemplo, al crear el llamado “Grupo de Amigos del Presidente”, la guardia personal de Allende.
El gobierno de la Unidad Popular fue un espacio de confluencia de exiliados de los países que iban cayendo en manos de las dictaduras. En este contexto, desde comienzos de la década del 70 el MIR estableció vínculos primero con exiliados bolivianos y brasileños y luego también con los uruguayos de la “columna guacha” de los Tupamaros, formada por los exiliados en Chile. En 1972, además, llegaron a Chile los dirigentes de las organizaciones de izquierda argentina que se fugaron de la cárcel de Trelew y comenzaron a tenderse vínculos entre el MIR y el PRT de Argentina. Todos estos vínculos fluyeron hasta que en 1974 se anunció la creación de la Junta de Coordinación Revolucionaria, una alianza entre el MIR, los Tupamaros, el PRT-ERP y el ELN de Bolivia.
El MIR, luego del golpe de Estado, decidió que no iba a exiliarse. La salida de los dirigentes y cuadros del MIR se fue produciendo o bien por decisiones puntuales de la organización o por el efecto de la masiva represión desplegada sobre la organización.
Además, hacia 1974 comenzaron a prepararse para resistir a la dictadura. En este marco, se asentó una base del MIR en Buenos Aires. En ese grupo estuvieron destacados los brasileños Emir Sader, que se fue de Argentina durante 1975; su compañera Regina Marcondes Pinto, Patricio Biedma y luego, en mayo de 1975, Edgardo Enríquez.
Entre diciembre de 1975 y febrero de 1976 llegaron a Buenos Aires seis miembros del MIR que provenían de Cuba, para trabajar a las órdenes de Edgardo Enríquez: Mario Espinoza Barahona, Lorenzo Homero Tobar Avilés, Claudio Ocampo Alonso y Jorge Ángel Machuca o Vercelotti Muñoz, Miguel Orellana Castro y Heriberto Leal Sanhueza. Todos ellos habrían sido víctimas de las redes de coordinación represiva, siendo muertos en Argentina o encontrándose desaparecidos. Lo sucedido con los primeros cuatro está siendo investigado en el marco de la causa 4955 por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 7, mientras que lo sucedido con Miguel Orellana Castro es objeto de análisis en este juicio.
El MIR en particular y la JCR, como conjunto del que formaba parte, se convirtieron en blanco de las redes de coordinación especialmente luego de la detención de Jorge Fuentes Alarcón en Asunción del Paraguay, en mayo de 1975. Ya hemos hecho mención a este caso en la parte histórica general, recordemos que fue detenido junto con Amílcar Santucho. A partir de esas detenciones, comenzó a llegar a la DINA y a los organismos de inteligencia argentinos, copiosa información sobre las actividades del MIR en Buenos Aires: miembros, locales, actividades, contactos, vías de comunicación. La documentación del Archivo del Terror y la documentación de Arancibia Clavel permiten ver cómo Edgardo Enríquez, Patricio Biedma, Ruy Mauro Marini, Emir Sader, Andrés Pascal y otros dirigentes y cuadros del MIR estaban establecidos o circulando en Argentina. Hubo seguimientos y órdenes de captura.
En octubre, en Santiago de Chile, se produjo un operativo durante una reunión del comité central del MIR, con resultados catastróficos: fue muerto Dagoberto Pérez y a raíz de este suceso Andrés Pascal debió asilarse en la embajada de Costa Rica. Además, en este operativo el MIR perdió gran parte de su arsenal e importante documentación. El MIR perdía nuevamente su dirección. Anteriormente, en octubre de 1974 se había producido el asesinato de Miguel Enríquez.
El 1° de noviembre de 1975 fue secuestrado en el hotel Liberty de esta ciudad Jean Yves Claudet Fernández. Había viajado a Buenos Aires para encontrarse con Edgardo Enríquez. Afirma John Dinges en su libro Operación Cóndor, que:
“Dos semanas después del asalto en Malloco, el agente Osvaldo Rawson del Batallón 601, que estaba trabajando en estrecha colaboración con Arancibia Clavel, cerraba el cerco en torno del aparato del MIR en Buenos Aires. Arancibia mandó sus informes a Chile diciendo que ya habían comenzado sus redadas de ciudadanos chilenos. Le solicitó a la DINA que le enviase fotos del nuevo líder del MIR, Edgardo Enríquez, para facilitar su búsqueda. Edgardo Enríquez justamente estaba en Buenos Aires […] y el ingeniero químico Jean Yves Claudet Fernández, chileno con pasaporte francés, de treinta y seis años, operaba como mensajero internacional del MIR.”
Dinges narra que en una entrevista con René Valenzuela, representante del MIR en París por ese entonces, le contó que, a pedido de Enríquez, Claudet había viajado con cartas y dinero que debía entregarle. Dinges narró el operativo de esta manera: su encuentro nunca se concretó: había caído en una trampa que le había tendido Rawson. Claudet firmó el libro de huéspedes, llevó sus maletas con el dinero y documentos a su habitación y al día siguiente desapareció sin dejar rastros. Los documentos de Arancibia Clavel dan cuenta de que Claudet fue secuestrado, interrogado y asesinado. Resulta particularmente interesante, la similitud entre este secuestro y lo acaecido con Alexei Jaccard, integrante del Partido Comunista chileno, que también había venido a Buenos Aires con dinero del exterior.
Meses después, y días antes del golpe de Estado, el 18 de marzo de 1976 habrían sido secuestrados Claudio Ocampo Alonso y Jorge Ángel Machuca Muñoz, que habrían integrado el equipo de los MIR que había venido de Cuba junto con Miguel Orellana Castro. Sus cuerpos habrían aparecido luego en la localidad de Caseros, provincia de Buenos Aires.
El 7 de abril de ese mismo año, se produjo el operativo en casa de Emilio de Ipola, en el que, según relató durante su testimonio en el marco de este juicio, fue secuestrado junto con su mujer Olga Gloria Rojas, de nacionalidad chilena y ambos colaboradores del MIR. Fueron llevados a Coordinación Federal e interrogados por sus relaciones con esta organización.
El 10 de abril se produjo el operativo en el que fue asesinado Edgardo Enríquez, que narraremos específicamente luego. El mismo día fue secuestrada Regina Marcondes Pinto, miembro del MIR y que se encuentra desaparecida.
El 15 de abril fueron secuestrados Ángel Athanasiú Jara, Frida Elena Laschan Mellado y Pablo Germán Athanasiú Laschan. También ese día fue secuestrado Jorge Alberto Basso, de nacionalidad brasileña y miembro del MIR. Como se verá luego, Ángel Athanasiú y Jorge Basso tenían vínculos con el grupo de Edgardo Enríquez. Lo sucedido a la familia Athanasiú Laschan será abordado específicamente luego en este alegato. Lo sucedido con Jorge Alberto Basso está siendo investigado en el marco de la causa 4955 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 7.
Durante el mes de junio fue secuestrado en Buenos Aires Miguel Orellana Castro.
En julio, fueron secuestrados y llevados a Automotores Orletti, Patricio Biedma, que reemplazó a Edgardo Enríquez en su papel de responsable del MIR en Argentina y enlace con al JCR y probablemente también Mario Espinoza Barahona, circunstancia esta última que, como ya mencionamos, está siendo investigada en instrucción.
En el mes de agosto se produjeron los secuestros de dos ciudadanos cubanos, funcionarios de la embajada de ese país en Buenos Aires, que colaboraban con la red del MIR en Buenos Aires: Jesús Cejas Arias y Crescencio Nicomedes Galañena Hernández.
Durante el año 1976 habrían sido secuestrados los últimos miembros de este grupo, Lorenzo Homero Tobar Avilés y Heriberto Leal Sanhueza. El primero de estos casos hechos que también está siendo investigado en instrucción.
Otros hechos vinculados con la represión al MIR fueron: el 16 de julio de 1976, el secuestro de María Cecilia Magnet Ferrero y Guillermo Tamburini, que se explicará en detalle a continuación: en la madrugada del 28 de julio de 1976 el secuestro de Luis Enrique Elgueta Díaz y Clara Haydée Fernández. Lo sucedido con de Elgueta Díaz se tratará específicamente luego. El 18 de diciembre de 1976, el secuestro de Carmen Angélica Delard Cabezas junto a su pareja José Luis Appel de la Cruz, en Cipolletti, provincia de Río Negro. Y un mes más tarde, el 17 de enero de 1977, el secuestro de Gloria Ximena Delard Cabezas junto a Roberto Cristi en Ramos Mejía. Lo sucedido con los tres primeros también será tratado a continuación. Lo sucedido con Roberto Cristi no se encuentra judicializado.
Otras privaciones ilegítimas de la libertad, también relacionadas con la represión al MIR fueron las de José Luis De la Maza Asquet, secuestrado en noviembre de 1977 y Luis Alfredo Espinoza González, secuestrado en diciembre de 1978. Éste último también será tratado puntualmente en este alegato.
El Partido Comunista chileno
Otro aspecto que debemos mencionar es lo ocurrido con el Partido Comunista chileno, agrupación de larga data en el país trasandino. Formó parte del gobierno de la Unidad Popular y el fin de esta experiencia, luego del golpe de Estado, forzó a la dirigencia comunista al exilio.
En el exilio, pronto las tareas que se impuso fueron por un lado, la resistencia, por medio de la denuncia internacional y por otro, la planificación del retorno. En Chile quedó una dirección interior y una parte de la organización, que actuaban de manera clandestina.
En 1976 ese sector “interior” de la organización fue fuertemente golpeado. La dirección exterior del Partido consideró entonces la necesidad la necesidad de hacer llegar recursos económicos para su reorganización y puesta en funcionamiento. Para ello, se decidió instalar una base en Buenos Aires que sirviera como puente antes del reingreso a Chile.
En ese marco, tal como se explicará a continuación, en el mes de mayo de 1977 se produjo una oleada represiva contra varios miembros del Partido Comunista chileno que se encontraban en Argentina. Dentro de este grupo fue secuestrado Alexei Vladimir Jaccard Siegler. Otra víctima de la represión coordinada contra el Partico Comunista chileno fue Cristina Magdalena Carreño Araya, secuestrada el 26 de julio de 1978. Y finalmente, Oscar Orlando Oyarzún Manso, secuestrado el 26 de enero de 1979.
El Partido Socialista
Otra de las agrupaciones atacadas por la dictadura chilena fue el Partido Socialista chileno, una de las fuerzas principales que compuso la Unidad Popular. A él pertenecía Salvador Allende. Luego del golpe de Estado, sus miembros fueron duramente perseguidos.
En este marco se explica lo sucedido con Manuel Jesús Tamayo Martínez, Luis Gonzalo Muñoz Velázquez y Juan Humberto Hernández Zaspe, secuestrados el 03 de abril de 1976 en Mendoza y retornados forzosamente a Chile, donde desaparecieron.
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Habiendo realizado esta caracterización general del golpe de Estado, la dictadura y las características de la persecución, de manera coordinada, de miembros de organizaciones políticas extranjeras que fueron secuestrados en Argentina, podemos ahora detenernos en explicar lo sucedido con cada una de las víctimas de nacionalidad chilena.

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